PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 733 del Código Adjetivo, este Tribuna fija el SEGUNDO DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las DIEZ DE LA MAÑANA para que tenga lugar el nombramiento de DOS FACULTATIVOS a objeto de que se practique reconocimiento médico al sindicado de padecer enfermedad mental.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 507 del Código Civil, se acuerda librar un Edicto, en el que en forma resumida se haga saber que el ciudadano FIDEL DE JESUS VIELMA PUENTES, ha promovido por ante este Juzgado la presente acción relativa a la INTERDICCIÓN de su hermano AMADO GERARDO VIELMA PUENTES, haciendo un llamado a hacerse parte en el asunto a todo aquel que tenga interés directo y manifiesto en el presente juicio, y que deberá ser publicado, uno en un periódico de la localidad, a escoger entre los Diarios Frontera, El Cambio de Siglo o Pico Bolívar de esta ciudad de Mérida, en letras cuyas dimensiones permitan su fácil .....