DECISIÓN Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Se declara competente este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Sede El Vigía, para conocer de la presente causa de COLOCACIÓN FAMILIAR interpuesta por la ciudadana CIRA CONTRERAS ANA YSABEL, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V.-10.241.091, domiciliada en la vía la Pedregosa, Sector Bicentenario calle 3 Miranda, casa 3, Nº -70 Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, a favor del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, nacido el seis (6) de noviembre de 2004 de diez años.....