Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta el 30 de enero de 2018, por el profesional del derecho GABRIEL JOSÉ FEBRES CORDERO PEÑA, en su carácter de coapoderado judicial de la ciudadana MARÍA INÉS TABARES DE AGOSTINELLI, contra la sentencia dictada en fecha 12 de junio de 2017, por el JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el presente proceso, seguido por la apelante y el ciudadano PINO GIUSEPPE AGOSTINELLI, por separación de cuerpos.