Por Decisión N° 079/08 de esta fecha, se ADMITE LA ACUSACIÓN, así como los MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS, se ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL y PÚBLICO, al Acusado GENADIO ASTUL CONTRERAS RAMÍREZ, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.087.655, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso GUILLERMO LOBO RANGEL. Se emplaza a las partes para que en plazo común de Cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio. Se instruye a la Secretaria para que en el plazo señalado anteriormente, remita al Tribunal Competente las presentes actuaciones.-