Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: NEGAR lo solicitado por la defensa Privada, del imputado FRANKLIN DARIO SANCHEZ RIOS antes identificado, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de Robo agravado de vehículo automotor, Porte de armas en perjuicio de JOSE ESPIRILION RIVERA ROMERO, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numerales 1 y 5 de la ley sobre hurto y articulo 277 del Código Penal reformado, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, por los hechos ocurridos el día 28 de Noviembre de 2.007,(...); referida a que se le sustituya la medida que actualmente pesa sobre el mismo, por una menos gravosa, y RATIFICA el mantenimiento de la medida de PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que fuera acordada por este Tribunal de Prime.....