Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO:SE ACUERDALA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento especial, de conformidad con lo previsto en el artículo 113de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.TERCERO:Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo previsto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal contra del imputadoDIEGO ANTONIO DURAN YAGUARAN, supra identificado, por lapresunta comisión del delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 73 ordinal 4, concatenado con el articulo 74 ordinal 2, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenc.....