este Juzgado declaró CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 11 de enero de 2024, por el Juez Temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, abogado CARLOS ARTURO CALDERON GONZÁLEZ, para conocer del juicio seguido por el abogado CARLOS FIDEL VILLEGAS RAMIREZcontra la EMPRESA MERCANTIL INVERSIONES MON COMPAÑÍA ANÓNIMA (INVERMONCA),por Cumplimiento de Contrato, impedimento éste que obra contra la parte demandante abogado CARLOS FIDEL VILLEGAS RAMIREZ antes identificado, y que se encuentra contenido en el expediente nº 29.721 de la numeración propia de dicho Tribunal, con ocasión a la causal de inhibición prevista en el artículo 82, ordinal 18° del Código de Procedimiento Civil y el artículo 11 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías constitucionales. En consecuencia se dejó constancia del Certifíquese por Secretaría para su archivo copia de la presente decisión