Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; del causante JORGE ENRIQUE OCHOA MORENO (+), quien en vida, fuera venezolano, de estado civil, casado, mayor de edad, títular de la cédula de Identidad N° V- 1.583.814, y falleció en fecha 27 de noviembre de 2016, según Acta de Defunción Nº 114, de fecha 28 de noviembre 2.016, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, TÉNGASE COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: ANGÉLICA DEL CARMEN ROSALES DE OCHOA, venezolana, de estado civil, casado, mayor de edad, títular de la cédula de Identidad N° V- 3.295.802, por ser su legiti.....