este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede de civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 14 de febrero de 2025, por el Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, abogado ROLANDO HERNANDEZ, para seguir conociendo del juicio interpuesto por el ciudadano, WILMER UZCATEGUI MENDOZA, contra los ciudadanos MARTINIANO UZCATEGUI ROJAS E YRAUDELIA RANGEL DE UZCATEGUI por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, impedimento éste, que obra contra la parte actora, ciudadano WILMER UZCATEGUI MENDOZA y su apoderado judicial, abogado ARTURO JOSE BANOMIE MEDINA, contenido en el expediente N° 24.593 de la numeración propia de dicho Juzgado.
Publíquese, regístrese y.....