4. Dispositiva: Con base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
4.1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 330.2 y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la acusación presentada por los representantes de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, en contra del ciudadano Orlando Cárdenas Angulo (ya identificado) por ser el presunto autor del delito de Ocultamiento Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y castigado en el encabezamiento del artículo 31, encabezamiento, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en armonía con el artículo 46.5 eiusdem.
4.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 330.9 del Códig.....