PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA incoada por ATILIO RAMÍREZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.472.709, de este domicilio, casado, comerciante, beneficiario-acreedor de una letra de cambio, representado judicialmente por el abogado FRANKLIN EVELIO FERNÁNDEZ MOLINA, titular de la cedula de identidad Nº V-11.958.463, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.863, en contra de los ciudadanos NELCY CAROLINA MEDINA y OMAR OSORIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.804.043 y V- 8.014.741, la primera, domiciliada en el Sector San Buenaventura – Edificio Atilio – Apartamento Nº 1 Municipio Campo Elías, representada judicialmente por el abogado en ejercicio: JOSÉ ADRIÁN GÓMEZ COLINA, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.182.646 e inscrito en el Inpreabogado Nº 110.783, el segundo, del mismo domicilio de la primera de las nombradas, y debidamente representado .....