L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR LA ACCION DE DESALOJO, interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL CONFEXO SRL, representada por su Director Gerente Sergia del Milagro Picón de Duek, parte actora; CONTRA el ciudadano Farouk Jamil Ali, parte demandada, representado por Mohammad Jamil Ali.
Segundo: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se le ordena al ciudadano Farouk Jamil Ali, parte demandada, representado por Mohammad Jamil Ali, hacer entrega del inmueble, objeto del presente litigio, libre de personas y cosas, a su pr.....