DISPOSITIVA.
En consecuencia, por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano MARCOS ELIAZAR TALAVERA GUZMAN por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 44 numeral 1º de la Constitución Bolivariana de Venezuela SEGUNDO: El Tribunal acuerda el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, conforme al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez quede firme la presente decisión se ordenará remitirá las actuaciones al Tribunal de Juicio Competente por distribución. TERCERO: Se mantiene en este acto la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público como es el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y el delito de HURTO CALIFICADO en perjuic.....