"...este Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Se Abstiene de providenciar lo solicitado por la ciudadana MELIDA CARRERO SANDOVAL, asistida por el Abogado en ejercicio MILTON IVAN LOBO ALARCON, ya identificados, por vulnerar flagrantemente lo preceptuado en el único aparte del articulo 1.364 del Código Civil Venezolano y Exhorta a la solicitante consignar Declaración Sucesoral. Así se decide."