este Juzgado de Los Municipios JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de obligación alimentaria que incoara la Ciudadana: GENESIS ANDREINA GONZALEZ BARRIOS, ya identificada, en nombre y representación de la niña: (SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA POR RAZONES DE LEY), en contra del Ciudadano: NORVIS RICHARD RAMIREZ LINARES, ya identificado. SEGUNDO: Se fija como pensión alimentaria mensual, la cantidad de OCHOCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.860) mensuales, equivalente al Treinta y Cinco por ciento (35%) del salario mínimo actualizado que perciba el Ciudadano: NORVIS RICHARD RAMIREZ LINARES; con la advertencia de que, si se demostrare que sus ingresos fueren superiores, será aumentada la obligación alimentaria aquí fijada. TERCERO: Entre la ultima semana de Agost.....