ste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE ANULA el auto dictado por este Juzgado en fecha 04 de mayo de 2022, por el cual se admitió la solicitud por Divorcio incoado por los ciudadanos RICHARD ALBERTO GUTIERREZ DANIER y MAYELA DEL CARMEN PARRA PUENTE de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara INADMISIBLE la solicitud por divorcio, intentada por los ciudadanos RICHARD ALBERTO GUTIERREZ DANIER y MAYELA DEL CARMEN PARRA PUENTE.