DECISIÓN.
De acuerdo a lo establecido, el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal prevé el supuesto de devolución de objetos incautados en la investigación y también contempla la prescindibilidad o no, de ese objeto para continuar con la investigación.
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de de Control N° 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Hace entrega, para su GUARDA Y CUSTODIA al ciudadano SAUL ORDUZ ORTIZ, cédula de Identidad N° 3.792.949, venezolano, mayor de edad, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, del vehículo:. PLACAS: 237-XHL, SERIAL CARROCERIA: C1C4KPV327616, SERIAL DE MOTOR: KPV327616, MARCA CHEVROLET, MODELO: CHEYENNE, AÑO: 1993 COLOR: ROJO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, USO: CARGA.
SEGUNDO: Se ordena el desglose de los documentos Originales, previa certificación e.....