El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Ejecuta la sentencia condenatoria dictada en contra del penado JOSÉ ROLANDO SOSA SULBARÁN, por el Juzgado Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de junio de 2009. 2) Acumula las penas dictadas en contra del ciudadano JOSÉ ROLANDO SOSA SULBARÁN, (identificado en autos) en virtud de lo cual deberá cumplir la pena principal definitiva de TRES (03) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley 3) Designa al Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en la población de San Juan de Lagunillas como establecimiento para el cumplimiento de la condena impuesta al ciudadano JOSÉ ROLANDO SOSA SULBARÁN (identificado en autos). Se acuerda remitir copia del presente auto y de la sentencia dictada en la presente causa, a la Dirección del Centro Penitenciario d.....