En el caso en comento la parte actora no aporto pruebas suficientes, que demostrara en modo alguno el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la mediada peticionada, y por tanto, el contrato de compra del Inmueble objeto de la controversia en copia simple y el contrato de arrendamiento de carácter privado, y que ambos fueron presentados en el expediente, los cuales rielan a los folios cuatro (04) al seis (06) e insertos conjuntamente con el libelo de la demanda, no es elemento probatorio suficiente para decretar la medida preventiva solicitada; en razón de ello, quién Juzga ordena a la parte actora, ampliar las pruebas aportadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 601 supra señalado por cuanto el demandante no demuestra el riesgo manifiesto o daño que puede sufrir por tardanza en la tramitación del juicio o de que quede ilusoria la ejecución del fallo. Por tal razón, resulta forzoso concluir que la Medida Solicitada no prospera, por cuanto no cumple con la mo.....