Por cuanto se recibió en este Tribunal, copia certificada del Acta de defunción del penado WILKINSON JESÚS BRACHO JIMÉNEZ, cédula de Identidad N° V.- 18.142.568, quién se encontraba procesado por ante este Tribunal por el delito de Robo Agravado, quién falleció en fecha 25-10-2010 en el Hospital Universitario de Los Andes de Mérida, Estado Mérida, a consecuencia de edema cerebral severo, meningitis. Este Tribunal en Funciones de Ejecución N° 2, del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 103 del Código Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA que le faltaba por cumplir al penado, WILKINSON JESÚS BRACHO JIMÉNEZ, (occiso), antes identificado, Notifíquese a las partes. Remítase la presente causa al archivo judicial para su guarda y custodia. CÚMPLASE.