este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVOCA LA MEDIDA PREVENTIVA ANTICIPADA prevista en el literal "f" del artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, consistente en la orden de SEPARACIÓN de la ciudadana FRANCY YOLEIDA DE HOYOS VERA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 20.572.142 DEL ENTORNO del adolescente SE OMITEN NOMBRES, venezolano, de 13 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 28.163.630. Y ASI SE DECIDE. Por cuanto al presente decisión fue fundamentada fuera del lapso indicado a las partes en audiencia de oposición se ordena notificarlas.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción J.....