V.- DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y MARITIMO de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD, opuesta por el defensor judicial de los Herederos Desconocidos abogado RAMON AMILCAR TORRES TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.477.275, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.965, contra la parte actora ciudadana YENNY GONZALEZ TREJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.310.019, representada por su apoderado judicial abogado FLORENCIO FERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.023.415, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.960, de conformidad con el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil. .....