PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 112 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y artículo 44.1 de la Constitución Bolivariana de Venezolana, seguida en contra del imputado DANIEL ALEJANDRO ROJAS CRUCES, ya que los mismos se subsumen en la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 56 tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia en perjuicio de la adolescente L.S.R. (identidad omitida por razones de ley), AMENAZA AGRAVADA previsto en el articulo 55 en concordancia con el articulo 83 numeral 4 de la Ley Orgánica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia, ambos en perjuicio de las ciudadana Lisbeth Carolina Mendoza Ramírez, L.S.R. (identidad omitida por razones de ley), y la ciudadana Dora Cruces, y la presunta comisión del delito de DAÑO A LA PROPIEDAD, previ.....