DISPOSITIVA
Oída la manifestación de las partes en esta audiencia oral y publica este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, una vez oídas como han sido las partes y verificado como fue el cabal cumplimiento del Acuerdo Reparatorio, dando plena observancia a los artículos 26, 49, 253, 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Por cuanto se ha verificado en esta audiencia el pleno cumplimiento de la obligación que quedara establecida en la Audiencia de fecha 21/05/04, por parte del aquí acusado JOSÉ ANTONIO CHIRINOS, plenamente identificado en las actas procesales, por todas las razones anteriormente esgrimidas cumplido como efectivamente esta el presente Acuerdo Reparatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, 320, .....