Este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley OTORGA el Beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado HERNANDEZ PEÑA DEIVIS EMIRO, venezolano, natural de Mérida, titular de la cédula de identidad N° 16.039.331, debiendo pernoctar en el Centro de Pernocta "José María Olaso" del Estado Mérida, quedando bajo la supervisión, orientación y control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Coordinación Zonal N° 01 del Estado Mérida, imponiendo el Tribunal las siguientes condiciones:
1.-Continuar estudios en el Centro de Pernocta asignado, o en cualquier otra extensión del Centro Penitenciario.2.-Mantener la estabilidad laboral, consignando constancia de trabajo cada dos (02) meses al Tribunal y Delegado de Prueba.3.- Mantener buena conducta, evitando el consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.4.- Someterse a la sup.....