Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana DELFINA PEÑA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.755.760, por intermedio de su apoderado judicial abogado JOSÉ TITO LÓPEZ JAIME, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.478.511, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 56.394, contra el HOSPITAL TULIO CARNEVALI SALVATIERRA DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), por los hechos contrarios a derecho ejercidos contra su persona por los ciudadanos RAMÓN ALBERTO NIEVES CONTRERAS y MAGDALENA ROJAS, en sus condiciones de Director el primero y Coordinador.....