Se declaró SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta en fecha 20 de julio de 2017, por los ciudadanos MARÍA YSABEL GUERRERO NIÑO Y GREGORIO GUERRERO NIÑO, actuando en su carácter de parte demandante como medio de impugnación de la sentencia interlocutoria proferida el 13 de julio del mismo año, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por los ciudadanos MARÍA YSABEL GUERRERO NIÑO Y GREGORIO GUERRERO NIÑO, contra los ciudadanos MARÍA CENOBIA GUERRERO NIÑO Y MARÍA IRENE GUERRERO NIÑO, por simulación de venta, mediante la cual dicho Tribunal, procediendo de oficio, de conformidad con los artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil, declinó la competencia al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.