Por consecuencia, tomando en consideración las circunstancias supra indicadas y por considerarse que los imputados EDWIN ALEXANDER RODRÍGUEZ MALDONADO Y LUIS ÁNGEL ROA ROA, se ausentaron indebidamente del lugar asignado como su residencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Con fundamento en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ordena la Captura a Nivel Nacional de los acusados EDWIN ALEXANDER RODRÍGUEZ MALDONADO, venezolano, soltero, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad numero 30.469.429, fecha de nacimiento 27-04-2003, lugar de nacimiento El Vigía, estado Mérida, grado de instrucción ninguna, hijo .....