CAPITULO IV
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declaran "Nula de toda Nulidad" las actuaciones relacionadas con la comisión conferida y realizadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta circunscripción judicial, específicamente desde los folios 11 al 80, quedando incólume las demás actuaciones por no estar viciados de nulidad. Así se decide.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de dictar oportunamente el auto de admisión de la demanda. Así se decide.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación a la parte actora y la parte demandada de la presente decisión. A.....