Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, y a solicitud de la Representación Fiscal, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo dispuesto en los artículos 44, numeral 1, y 51, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 210, 21, 212 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, AUTORIZA la realización de Visita Domiciliaria en la siguiente dirección: MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI, EL VIGIA, SECTOR PROVIVIENDA AVENIDA PRINCIPAL, LOS NARANJOS, vivienda con las siguientes características externas: VIVIENDA FAMILIAR DE UN NIVEL, REJAS DE COLOR ROJO, PAREDES DE BLOQUES SIN FRISAR TECHO DE COLOR ROJO SIN NUMERO VISIBLE, COMO PUNTO DE REFERENCIA LA MISMA ES LA PRIMERA CASA A MANO DERECHA DEL CAMELLON, inmueble.....