TERCERO: Con base en los razonamientos precedentes, este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES, VEINTIOCHO (28) DIAS Y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple el penado JULIO CESAR GUERRERO SILVA.Sumando al día de hoy (21.11.2.011) en que se elabora el presente cómputo actualizado, una pena cumplida, Sin Redención, de ONCE (11) AÑOS, DOS (02) MESES, y VEINTE (20) DIAS; que al sumarle el tiempo redimido en fechas: 1.- 08.08.2.003, por UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, CUATRO (04) DIAS Y DOCE (12) HORAS; 2.- 08.12.2.005, por UN (01) AÑO, UN (01) MES, VEINTIOCHO(28) DIAS Y DOCE (12) HORAS; 3.- 01.08.2.006, por CUATRO (04) MESES Y VEINTE (20) DIAS, Y 4.- 21.11.2.011, por DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES, NUEVE (09) DIAS Y SEIS .....