IV
PARTE DISPOSITIVA
EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos DORIS ARIAS DE SÁNCHEZ y CRISÓSTOMO SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 13.966.374 y V- 9.101.943, en su orden, domiciliados la primera en El sector Rosa Nueva, parte alta, camino principal, casa s/n, Municipio Campo Elías del estado Mérida, y el segundo en el Sector Los Cinaros, camino principal, casa s/n, Municipio Campo Elías del estado Mérida, y civilmente hábiles, según matrimonio civil celebrado en fecha cinco (05) de Mayo de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), por ante la Prefectura Civil del .....