En consecuencia, este Tribunal en relación a lo manifestado por la parte actora abogado Jesús Enrique López Moreno, identificado en autos, acuerda conforme a lo solicitado y por consiguiente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento contenido en el expediente Nº 2450-14, (nomenclatura de este Juzgado), donde el Abg., JESUS ENRIQUE LOPEZMORENO, actuando como endosatario en procuración de la ciudadana Ana Luisa Parra de Duarte, demanda a las ciudadanas Geralvin Kasandra Zapata Coello y Richard Kennedy Parra Carrero, por Cobro de bolívares vía intimatoria.
Se acuerda el desglose de la letra de cambio que en original obra al folio cuatro (4) de este expediente y en su lugar déjese copia fotostática certificada por la Secretaria del Tribunal.
La parte actora deberá suscribir acta de recibo de la letra de cambio original y una vez haya entregado el documento desglosado se ordena remit.....