1.- Garantizar que el imputado no se ausentará de la jurisdicción del estado Mérida. 2.- Presentarlo a la autoridad que designe el Tribunal cada vez que así se ordene; 3.- Satisfacer los gastos de captura y las costas procesales causadas hasta el día en que efectivamente sea aprehendido, en caso que el afianzado se hubiere ocultado o fugado, y 4.- Pagar por vía de multa, en caso de no presentar al Imputado dentro del término que al efecto se les señale, la cantidad que se fije en el acta constitutiva de fianza. Cítese a las fiadoras para el día de hoy viernes 22 de noviembre de 2024, a las 09:30 horas de la mañana, a los fines antes indicados. Líbrense la correspondiente boleta de traslado del imputado. Notifíquese a la Fiscal Decima Tercera del Ministerio Público, a la Defensa Publica, las víctimas y a los ciudadanos fiadores, cúmplase. -