Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en Tovar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por FRAUDE PROCESAL incoada por la ciudadana ELIODIGNA MORA en contra de los ciudadanos EDDY COROMOTO OSORIO DE AYAZO y MARIO JULIO HERNANDEZ PEÑALOZA. En consecuencia, inexistente e improcedente la denuncia de fraude procesal alegada.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la actora por haber resultado totalmente vencida.
TERCERO: Notifíquese a las partes la presente decisión