DISPOSITIVA.
En consecuencia éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR la solicitud de entrega de vehículo formulada por el ciudadano Abogado: Armando de la Rotta Aguilar, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: Sixto José Medina, titular de la cédula de identidad No. V-2.052.012, de conformidad con lo previsto en el Artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 2, 26, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese y Cúmplase.
ABG. VÍCTOR HUGO AYALA
JUEZ DE JUICIO No. 05.
ABG. MARIELA PATRICIA BRITO RANGEL.
SECRETARIA.