DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley conforme a lo establecido en el numeral 5 del artículo 6 del la Ley Orgánica Sobre Derechos y Garantías Constitucionales; DECLARA IMPROCEDENTE la acción de amparo Constitucional, interpuesto por el Abogado SANTIAGO RAFAEL MONTOYA PINO, actuando en su condición de defensor técnico privado de los ciudadanos ELVIS MORENO, CRISTIAN RODRÍGUEZ y JHONY RONDÓN, quien interpone dicha acción de amparo, en razón de las presuntas actuaciones violatorias de derechos y garantías constitucionales por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en la persona de la Juez Abogada DEISY BARRETO, como presunto agraviante.
Cópiese, Publíquese y notifíquese a las partes. Trasládense a los presuntos agrav.....