SIN LUGAR, la solicitud de Divorcio fundamentada el artículo 185-A del Código Civil, Venezolano formulada por los ciudadanos: BERNABÉ JOSÉ VELÁZQUEZ VELÁZQUEZ Y YOLIMARY BRAVO DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.351.429 y V-13.649.807, en su orden, domiciliado el primero, en la Calle Herminia Rosas Nº 26-1, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, y la segunda, en la calle Industria, casa Nº 1, cruce con la vereda cumbre, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio WILLIAM JOSÉ VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.037.842, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.062 y jurídicamente hábil, por cuanto la identificación del ciudadano BERNABÉ JOSÉ VELÁZQUEZ VELÁZQUEZ parte solicitante, no se corresponde con la identificación del compareciente que registra en el acta de Matrimoni.....