Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, realizada por la ciudadana MAYELA COROMOTO CARDENAS GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.390.584, domiciliada en el Conjunto Residencial Domingo Roa Pérez, Casa N° 225, Parroquia Rómulo Gallegos de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por la ABG. MANJAIRE BAUTISTA PINZÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.281.498, Inscrito en el Inpreabogado bajo N° 271.576, número telefónico 0414-7234001, correo electrónico manjaire@gmail.com, con domicilio procesal en la avenida 15, Edificio Sinaí, del Municipio Alberto Adriani del estado Mérida.....