este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda procedente la aplicación del procedimiento especial por admisión de hechos al cual se ha acogido el acusado de autos, de conformidad con en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se CONDENA al acusado TEWI ENRIQUE MEDINA MOLINA, venezolano, titular de la cedula de identidad número V-17.793.734, natural de el Vigía estado Mérida, nacido en fecha 19-03-1985, de 37 años de edad, estado civil: soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en el sector 23 de enero, calle principal, casa sin número, parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani, El Vigía Estado Mérida no posee correo electrónico, no le ha dado Covid, no pertenece a ninguna etnia indígena, s.....