Este Tribunal de Control N° 02 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en la causa seguida a los imputados MARCELLINO MONTILLA MORA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 8.707.485, natura de santa Cruz de Mora, de 40 años, nacido en fecha 02-12-1968, casado, de profesión policía del estado Mérida, con el rango de Cabo Primero, hijo de José Catalino Montilla (v) y de Ana Maria Mora (v), residenciado en la Urbanización Bubuqui II, Edificio 24, piso PB, apartamento 03, El Vigía Estado Mérida, y YAMILETH MARTINEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 15.694.794, casada, residenciado en la Urbanización Bubuqui II, Edificio 24, piso PB, apartamento 03, El Vigía Estado Mérida teléfono 0416-8769658, por el delito de INVASION, previsto y sancionado en el Art. 471-A, en perjuicio de la Asociación Civil Alianza Magisterial, con fundamento en el Art. 318 numeral 2.....