En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por la ciudadana MILSIBET DEL CARMEN CAPACHO GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.190.759, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a través de su apoderado especial abogado en ejercicio LUIS CARLOS CHOURIO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.629.147, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.851, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil; según consta en documento Poder Especial otorgado ante la No.....