este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el CONVENIMIENTO efectuado por el ciudadano DAVID ALFREDO CONEJOS NAVA, de conformidad con el artículo 263 en concordancia con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se da por reconocido en su contenido y firma el documento privado de venta, suscrito por el ciudadano DAVID ALFREDO CONEJOS NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-10.100.784, de los Derechos y Acciones que le corresponden equivalente al cincuenta por ciento (50%), sobre un inmueble consistente de un galpón y su parcela de terreno distinguido con el N° 9, ficha catastral N°03071321, ubicado en el parcelamiento Don Bosco, Avenida Los Próceres, La Pedregosa, Parroquia Juan Rodríguez Suárez , Municipio Libertador del est.....