Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la imputada KEILA PATRICIA GONZÁLEZ VILLADIEGO, venezolana, natural de Tovar Municipio Tovar del Estado Mérida, titular de la cédula de identidad V- 25.861.441, soltera, de 18 años de edad, nacido en fecha 18-12-1995, de ocupación indefinida, con primer año de educación secundaria de instrucción, hija de Edelfia del Carmen González Villadiego (v) y Jesús González Patiño, domiciliada en el Barrio Hugo Chávez Frías, calle Libertador, casa número 8, pintada de color verde, donde funciona una carpintería, Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani de El Vigía, Estado Mérida. Aporta el móvil de su progenitora 0416-8746270, por la presunta comisión del delito LESION.....