DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se homologa el acuerdo celebrado entre las partes intervinientes en el presente juicio, todas plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: Se le imparte a dicho acuerdo el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Parágrafo Único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen al quedar firme la presente decisión, a los fines de ejecución.
Publíquese, regístrese y expídanse copias certificadas de la presente sentencia.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial .....