3°. Dispositiva.
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
1°. Conforme al artículo 318.2 del Código Orgánico Procesal Penal, se sobresee la presente causa seguida al ciudadano Fidel Antonio Rondón, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.476.468, soltero, de 40 años de edad, domiciliados en el sector Pie del Llano, Av. 16 de Septiembre, casa amarilla, Mérida, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por cuanto los hechos constitutivos de la presente causa no son punibles, puesto que quedó acreditado que la droga decomisada.....