Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones: PRIMERA: De conformidad a lo establecido en el Artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, hace entrega del inmueble sobre el cual se encuentra constituido este Tribunal al ciudadano: WILLIAM ENRIQUE AMAYA BARRETO, quien lo recibe de conformidad. SEGUNDA: Se deja constancia que la notificada retiró de manera voluntaria los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble.