DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, actuando en sede Constitucional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta en fecha 20 de mayo del año que discurre, por el ciudadano VILCTON MANUEL PERÍA RONDÓN, actuando como Presidente de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Mérida, asistido por el profesional del derecho Luís Humberto González Trejo, contra la Inspectora Jefa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Ju.....