Este Tribunal procede a desarrollar los particulares de la siguiente manera: PARTICULAR PRIMERO: Este Tribunal deja expresa constancia que al constituirse en el lugar donde se encuentra el local objeto del presente juicio, el mismo se encuentra completamente cerrado con dos (02) candados anti cizalla e igualmente se observa deterioro en las puertas, fachada, rejas aledañas y santa marías. Este Tribunal observa también oxido en las rejas, es todo. PARTICULAR SEGUNDO: Este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y exhorta al Experto designado y juramentado a consignar en un lapso de cuarenta y ocho (48) horas el informe pericial con sus respectivas reseñas fotográficas, es todo. En este estado solicita el derecho de palabra la coapoderada judicial de la parte actora, Abogada MARIA FERNANDA PEÑA BORTONE, antes identificada, concedido el mismo, expuso: "Solicitamos al ciudadano Juez que de conformidad a lo establecido en el Artículo 505 del Código de Procedimiento Civil, vista la negativ.....