Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por la ciudadana ALBA JANETH MARQUEZ ROSALES, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-15.695.705, domiciliada en el Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistida por el abogado JAIRO ALBERTO MATOS ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.071.137 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 229.482, en contra de las ciudadanas ROSA ALBA PALMAS CONTRERAS, LUISANA CAROLINA ACURERO FLORES E IRMA JAQUELINE SAENZ DE RUJANO, venezolanas, mayores de edad, la primera divorciada, la segunda soltera y la tercera casada, t.....